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Todo lo que necesitas saber sobre el certificado energertica

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Desde el pasado 1 de junio, las viviendas en venta o en alquiler deben disponer de un certificado de eficiencia energética. De no ser así, los propietarios pueden ser multados con sanciones que van desde los 300 hasta los 6.000 euros, según el Real Decreto aprobado el pasado 5 de abril, que se completó posteriormente con varias enmiendas en el proyecto de Ley de reforma de la rehabilitación. Este certificado especificará mediante una escala de siete letras, de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2 en comparación con las dimesiones del edificio.

¿En qué consiste?

En un edificio, la eficiencia energética se calcula midiendo la energía consumida todos los años en condiciones normales de uso y ocupación. Para ello se tienen en cuenta todos los servicios utilizados de manera habitual, como «la calefacción, la refrigeración, la ventilación, la producción de agua caliente sanitaria y la iluminación, a fin de mantener las condiciones de confort térmico y lumínico y sus necesidades de agua caliente sanitaria y calidad de aire interior.

¿Qué edificios se deben certificar?

Por lo general, todos los inmuebles disponibles para la venta o el alquiler. La normativa incluye algunas excepciones en cuanto a los edificios que deben solicitar el certificado, aunque la mayor parte no son representantivos del actual parque de viviendas.

Así, por ejemplo, no resulta obligatorio para los pisos arrendados durante menos de cuatro meses, edificios aislados con menos de 50 metros cuadrados útiles, edificios y monumentos protegidos en los que se altera su carácter o aspecto, lugares de culto o religiosos, construcciones provisionales (para menos de dos años) y la parte no residencial de edificios industriales y agrícolas.

Por su parte, será obligatorio para todos los edificios de nueva construcción y también cuando se haga una rehabilitación o reforma de edificio con una superficie útil superior a 1.000 metros cuadrados, que afecte a más del 25% del total de sus cerramientos.

¿Cuándo se tiene que entregar el certificado?

Los propietarios que deseen vender sus pisos deberán poner a disposición de los compradores este título en el momento en el que se efectúa la operación, mientras que en el caso de los alquileres el casero deberá entregar una copia al inquilino. Es decir, no se puede solicitar el certificado una vez que se ha realizado la venta o el arrendamiento del inmueble. Este certificado tendrá una validez de diez años.

¿Cuáles son las sanciones?

La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.

¿ Como lo hacemos para que ahorres en tu factura de Luz/Gas?

 

Constantemente nos están bombardeando con suculentas ofertas y descuentos para pagar menos en nuestra factura de Luz y Gas. Pero es oro todo lo que reluce? No siempre, muchas ofertas esconden detrás de los descuentos servicios o condiciones que no siempre nos explican y en muchas ocasiones no sabemos que lo hemos contratado hasta que nos llega la primera factura.

Conocer todas las ofertas y precios de las diferentes comercializadoras eléctricas es la tarea que hacemos en Energilandia. Cierto y verdad que desde principio de año llevamos una tendencia cada vez mayor a ofertas con precios indexados , este producto hace unos años solo era conocedor para grandes empresas, pero hoy en dia se ha introducido para cualquier tipo de suministro por pequeño que sea.

Los precios medios que se están ofertando en mercado indexado desde principios de año son fabulosos y somos consientes de que mientras estemos sumergidos en esta crisis financiera habrá menos demanda de energía y al haber menos demanda la oferta en este mercado es mas barata.

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Hemos tenido clientes con varios puntos de suministro que al no fiarse de este mercado por el desconocimiento, firmaron a principios de año la mitad de sus suministros con  comercializadoras de ultimo recurso tipo ( Endesa, Iberdrola, E-on, etc…) y el resto con una oferta de mercado indexado. Pues bien, una vez pasado el primer semestre y comprobaron que habían obtenido un ahorro de casi un 15% respecto a la oferta de las otras comercializadoras , no dudaron en realizar el cambio de todos los suministros.

Recordad que cuando un cliente nos envía su factura de luz o gas para que le realicemos una comparativa de ofertas de energía, nuestro departamento comercial le puede dar opción a realizarla con precios fijos o indexados,. Pero siempre nos hacen la misma pregunta ¿ Usted que haría? y siempre respondemos lo mismo, yo contrataría con indexado. Además un detalle muy importante, los contratos con precios fijos tienen permanencia 1 año y en caso de no cumplir el año paga usted penalización. En el contrato indexado la permanencia es solo los 3 primeros meses, sino le interesa el producto se va, pero mucho creemos que no será así.

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¿ Te vas a quedar con la duda de saber cuanto dinero dejarias de pagar respecto a tu actual compañia electrica ? No lo dudes, envianos tu ultima factura y no regales tu dinero por favor.

Visitanos en:http://www.energilandia.com/