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Pagas Energia reactiva en tu factura? Nosotros te la financiamos para que tu Ahorres.

AHORRAR EN LA FACTURA ELÉCTRICA AHORA ES MÁS FÁCIL: SERVICIO DE INSTALACIÓN DE BATERÍAS DE CONDENSADORES.

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Continuando con nuestro compromiso de asesorarte en la gestión energética y medioambiental, te proponemos una solución integral para ahorrar en la factura energética desde el primer momento en que la implantes.

La instalación de baterías de condensadores permite eliminar el recargo generado por la energía reactiva, que es producida por determinados aparatos y motores eléctricos.

Esta sencilla solución técnica te permitirá ahorrar desde el primer momento.

Además te ofrecemos:

  • Toda nuestra experiencia y garantía.
  • Asesoramiento completo y gratuito sobre el dimensionamiento de la instalación, las características de las baterías de condensadores más adecuadas y el ahorro estimado.
  • Instalación “llave en mano”, en cualquier punto de la Península, Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, para que no tengas que preocuparse de nada.
  • Totalmente financiable y sin ataduras con tu actual comercializadora.
Energilandia ofrece a sus clientes la posibilidad de instalacion de baterias mediante el ahorro obtenido. Si por ejemplo usted paga en su factura 60€/mes por concepto de Termino Energia Reactiva, nosotros le finaciamos por el mismo importe hasta cumplir el plazo de amortizacion.
Si desea obtener mas informacion y ahorrar desde el primer dia, contacte con nosotros y estudiaremos su situacion.

 

Todo lo que necesitas saber sobre el certificado energertica

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Desde el pasado 1 de junio, las viviendas en venta o en alquiler deben disponer de un certificado de eficiencia energética. De no ser así, los propietarios pueden ser multados con sanciones que van desde los 300 hasta los 6.000 euros, según el Real Decreto aprobado el pasado 5 de abril, que se completó posteriormente con varias enmiendas en el proyecto de Ley de reforma de la rehabilitación. Este certificado especificará mediante una escala de siete letras, de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2 en comparación con las dimesiones del edificio.

¿En qué consiste?

En un edificio, la eficiencia energética se calcula midiendo la energía consumida todos los años en condiciones normales de uso y ocupación. Para ello se tienen en cuenta todos los servicios utilizados de manera habitual, como «la calefacción, la refrigeración, la ventilación, la producción de agua caliente sanitaria y la iluminación, a fin de mantener las condiciones de confort térmico y lumínico y sus necesidades de agua caliente sanitaria y calidad de aire interior.

¿Qué edificios se deben certificar?

Por lo general, todos los inmuebles disponibles para la venta o el alquiler. La normativa incluye algunas excepciones en cuanto a los edificios que deben solicitar el certificado, aunque la mayor parte no son representantivos del actual parque de viviendas.

Así, por ejemplo, no resulta obligatorio para los pisos arrendados durante menos de cuatro meses, edificios aislados con menos de 50 metros cuadrados útiles, edificios y monumentos protegidos en los que se altera su carácter o aspecto, lugares de culto o religiosos, construcciones provisionales (para menos de dos años) y la parte no residencial de edificios industriales y agrícolas.

Por su parte, será obligatorio para todos los edificios de nueva construcción y también cuando se haga una rehabilitación o reforma de edificio con una superficie útil superior a 1.000 metros cuadrados, que afecte a más del 25% del total de sus cerramientos.

¿Cuándo se tiene que entregar el certificado?

Los propietarios que deseen vender sus pisos deberán poner a disposición de los compradores este título en el momento en el que se efectúa la operación, mientras que en el caso de los alquileres el casero deberá entregar una copia al inquilino. Es decir, no se puede solicitar el certificado una vez que se ha realizado la venta o el arrendamiento del inmueble. Este certificado tendrá una validez de diez años.

¿Cuáles son las sanciones?

La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.